18 octubre 2013

Cómo seguir un blog en Blogger

Creo esta entrada porque hace un tiempo Blogger quitó el gadget de seguir el blog. Lo pondré en los otros blogs también para facilitar que quien quiera los pueda seguir.
Pero, ¿para qué quiero seguir un blog? Pues puedes tener controladas las nuevas entradas de los blogs que te interesan de esa manera :)


Entráis con vuestra cuenta de gmail a Blogger y aquí podéis elegir entre dos maneras de seguir los blogs que os interesen, con el botón Añadir o con el de Ajustes (la ruedecita de la derecha)


Si usáis el botón de la izquierda se os abrirá una ventanita donde tenéis que copiar la dirección del blog de Blogger que queréis seguir, elegir si lo queréis seguir públicamente o anónimamente y pulsar el botón seguir.


La segunda manera es un poco más lenta ya que entras en las opciones de los blogs que estás siguiendo, y pulsamos el botón de añadir y volverá a salirnos la ventana que he comentado en el punto anterior.

Creo que lo he explicado bastante fácil, pero si alguien no se aclara, que no tenga miedo a preguntar.

09 septiembre 2013

Instalaciones que son pública concurrencia

Según el REBT del 2002, los siguientes locales son de pública concurrencia:
  • Locales de espectáculos y actividades recreativas:
    • Cualquiera que sea su capacidad de ocupación, como por ejemplo, cines, teatros, auditorios, estadios, pabellones deportivos, plazas de toros, hipódromos, parques de atracciones y ferias fijas, salas de fiesta, discotecas, salas de juegos de azar.
  • Locales de reunión, trabajo y usos sanitarios:
    • Cualquiera que sea su ocupación, los siguientes: Templos, Museos, Salas de conferencias y congresos, casinos, hoteles, hostales, bares, cafeterías, restaurantes o similares, zonas comunes en agrupaciones de establecimientos comerciales, aeropuertos, estaciones de viajeros, estacionamientos cerrados y cubiertos para más de 5 vehículos, hospitales, ambulatorios y sanatorios, asilos y guarderías
    • Si la ocupación prevista es de más de 50 personas: bibliotecas, centros de enseñanza, consultorios médicos, establecimientos comerciales, oficinas con presencia de público, residencias de estudiantes, gimnasios, salas de exposiciones, centros culturales, clubes sociales y deportivos
La ocupación prevista de los locales se calculará como 1 persona por cada 0,8 m de superficie útil, a excepción de pasillos, repartidores, vestíbulos y servicios. El espacio ocupado por los muebles de los locales (mostradores, estanterías, mesas, etc...) no se resta.


También se considera de pública concurrencia todos aquellos locales no contemplados en los
apartados anteriores, cuando tengan una capacidad de ocupación de más de 100 personas.

Pongamos por ejemplo que tenemos un bar de 30 metros cuadrados, con lo que explica el texto de la ITC-BT-28 hay que considerarlo pública concurrencia, necesita hacerse un proyecto y una inspección por parte de una OCA ya que indica que un bar, cualquiera que sea su ocupación, es pública concurrencia. Una panadería con degustación tendría la misma consideración.

Si en lugar de ser un bar, hubiera sido una tienda de ropa, se podría legalizar con una memoria técnica de diseño y no haría falta visita de una OCA.


01 agosto 2013

Consumo excesivo - Contador eléctrico - Posible mal funcionamiento

A veces los usuarios reciben facturas elevadas de las compañías de suministro eléctrico, esto puede deberse a un problema en el equipo de medida o contador, o en algún elemento de la instalación.

Lo primero que se tendría que hacer sería comprobar si el contador está funcionando correctamente. Una manera sencilla de comprobarlo es desconectando los conductores que alimentan la instalación. 

Si el contador funciona correctamente, dejará de girar o de sumar kW. En caso de que no funcione correctamente se tiene que avisar a la compañía eléctrica para que lo sustituya.

NOTA: Se recomienda que estas operaciones las haga una persona que tenga conocimientos de electricidad y sus peligros y que las operaciones peligrosas se realicen sin tensión.
 
Otro punto donde puede existir un problema es en los conductores que alimentan la instalación. Para comprobar eso desconectaremos el general de la instalación y miraremos si sin cargas el equipo de medida sigue contando kW.

En el supuesto caso de que el contador considere que estamos consumiendo tendremos que encontrar la fuga y repararla.

Pero si no nos ha dado ningún problema aún podemos hacer otra comprobación: desconectar todos los aparatos eléctricos y subir el general de la instalación. Si existe consumo sin tener nada conectado, es que tenemos una fuga en la instalación.

En caso de que la avería se encuentre a partir del contador, el ususario es quien deberá hacerse cargo de la reparación.


16 junio 2013

Curiosidades...

En esta entrada iré poniendo los defectos o curiosidades que me vaya encontrando, no tiene porque ser defectos de instalaciones donde haya ido a trabajar...


Ventilador apuntando a caja de fusibles / caja de derivación en el rellano


Enchufe, luz y timbre grapeado a la pared sin entubar




27 marzo 2013

Defecto: Rotular correctamente las líneas

Cuando en un acta el inspector pone ese defecto es porque en una o más lineas de un cuadro no se indica que es lo que alimentan.

La rotulación deberá hacerse de forma permanente, ya sea con DIMO, rotulador permanente o similar. No se aceptan rotulaciones hechas con lápiz o bolígrafo encima del mismo cuadro.

En caso de que el titular use una lengua que no sea ni el castellano ni el catalán y quiera que se rotule en su lengua, tendrán que coexistir las dos rotulaciones, una que entienda el instalador e inspector y la del dueño.

Tampoco se puede escribir el destino de cada línea encima de las PIA, ya que haciendo eso se puede tapar los valores de las mismas.

05 febrero 2013

Explicacion de los tipos de trámite

- Nueva instalación: Este trámite se refiere a cuando la instalación eléctrica es completamente nueva (sin utilizar elementos que ya existían en esa instalación) o que cumple con el REBT de 2002.

- Ampliación: Este trámite es el que se debe usar al pedir una ampliación de lineas y/o de potencia. En este caso hay que aportar la fotocopia de la legalización de la instalación existente/anterior.

- Modificación o reforma: En este caso solo modificamos o reformamos parte de la instalación, pero ni creamos lineas nuevas ni ampliamos potencia. También hay que aportar la fotocopia de la legalización existente/anterior.

- Cambio de nombre: Para hacer un cambio de nombre se seleccionaría esta casilla y se seguirian los pasos explicados aqui.

Cambio de titular de una instalación

Para hacer un cambio de nombre de una inspección que requiera proyecto se necesitan los siguientes documentos:

- La legalización de la instalación existente
- El NIF del nuevo titular fotocopiado
- El Elec1 con los nuevos datos de titular
- Contrato de mantenimiento a nombre del nuevo titular (en caso de necesitar periódica)

Estos documentos deberán presentarse en la misma OC en la que se legalizó la instalación existente.

En los casos de las instalaciones que requieran memoria técnica de diseño solo hará falta hacer un boletín de reconocimiento y presentarlo a la compañía de suministro eléctrico, y siempre que cumplan los siguientes requisitos:

- Que no se altere el uso o la actividad que se realiza en la instalación.
- Que la tensión nominal entre fases no supere los 400V en corriente alterna trifásica.
- Que la potencia final resultante no supere en un 50% la carga mínima regulada, según el tipo de local considerado.

 

04 enero 2013

Instalaciones eléctricas que necesitan proyecto

La entrada y todo el blog se han movido a un nuevo dominio:

Si quieres leer esta entrada pulsa aquí

Ampliaciones de las instalaciones

En caso de que la instalación sea una ampliación o reforma, a parte de los documentos aportados en cada caso (mtd o proyecto) se tiene que aportar la fotocopia de la inscripción de la instalación o la legalización de la instalación existente.

Documentos a presentar para un proyecto eléctrico

En caso de que se tenga que presentar un proyecto, los documentos que necesita la OC para realizar la inspección son:
- Los documentos obligatorios para todo trámite (link)
- Proyecto realizado por ingeniero competente
- Certificado de dirección y finalización de obra
- Contrato de mantenimiento
 

Documentos a presentar para memoria técnica de diseño

Para las instalaciones que no lleguen a la potencia o ocupación mínima para hacer proyecto, se tendrá que hacer una memoria técnica de diseño (mtd).
Esta documentación la tiene que realizar el instalador y tiene que contener:
- Esquema y memoria según los modelos ELEC2 y ELEC3
- Croquis del emplazamiento
- Croquis del trazado de la instalación
- los documentos obligatorios para todos los trámites (
link)

Documentación a presentar para todo tipo de trámite

Para todo tipo de trámite (proyecto o memoria técnica de diseño) son necesarios los siguientes documentos:
- El modelo ELEC 1 cumplimentado y firmado por el titular.
- El modelo ELEC 5 (en caso de que no exista ningún elemento, no hace falta que se presente)
- Certificado de instalación eléctrica de baja tensión (boletín de instalador eléctrico)
- Fotocopia del DNI o NIF del titular.

Grupo de las instalaciones eléctricas

En caso de que una instalación o parte de ella esté comprendida en más de un grupo de los especificados, se le aplicará el criterio más exigente de los establecidos en los grupos que le afecten.

Defecto: Incorrecto código de colores

Incorrecto código de colores: Cuando en una acta se escribe este defecto significa que en algún punto de la instalación (cajas de empalme, cuadro general o subcuadros, mecanismos…) los colores de los conductores, ya sean de protección, fases o neutro, no son los correcto. En este caso, si la inspección es inicial, se tendrá que cambiar el conductor por el color que toque, y si es periódica solo será necesario marcarlo del color que le corresponde.

Inspecciones periódicas - REBT 2002

Según el REBT y el decreto 363 de la Generalitat, serán objeto de inspecciones periódicas, cada 5 años, todas las instalaciones eléctricas en baja tensión que precisaron inspección inicial (según la entrada) y cada diez años, las comunes de edificios de viviendas de potencia total instalada superior a 100 kW.


 

Inspecciones iniciales - REBT 2002

Las inspecciones iniciales son aquellas que se realizan antes de la puesta en marcha de la instalación. Las siguientes instalaciones, y sus amplificaciones y modificaciones de importancia, necesitarán inspección inicial por parte de una OC:
- Instalaciones industriales que precisen proyecto, con una potencia instalada superior a 100kW.
- Locales de pública concurrencia.
- Locales de riesgo de incendio y explosión, de clase I, excepto garajes de menos de 25 plazas.
- Locales mojados con potencia instalada superior a 25kW.
- Piscinas con potencia instalada superior a 10kW.
- Quirófanos y salas de intervención.
- Instalaciones de alumbrado exterior con potencia instalada superior a 5kW.